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Válido pedir voto a personas formadas para trámites bancarios Tribunal Federal

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En este sentido, la Sala Especializada determinó que al tratarse de conductas permitidas, lo procedente es sobreseer (dar por concluido) el Procedimiento Especial Sancionador.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que es válido solicitar el voto a las personas formadas para hacer un trámite bancario.

Por lo que determinó que los hechos denunciados por el Partido Verde, atribuidos al candidato postulado por la coalición “Por México al frente” a la diputación federal en el distrito electoral 3 en Tuxpan, Veracruz, Arturo Esquitín Ortiz, no constituyen un acto ilícito en materia electoral.

Lo anterior, porque los actos de campaña, entre ellos, solicitar el voto a personas formadas para ingresar a una institución bancaria, están permitidos por la normativa electoral.

Además, la mención de que algunas personas de edad avanzada acudieron a renovar la tarjeta en la que se les deposita el apoyo del “Programa Pensión para Adultos Mayores”, por sí sola, no actualiza la vulneración a las leyes electorales.

En este sentido, la Sala Especializada determinó que al tratarse de conductas permitidas, lo procedente es sobreseer (dar por concluido) el Procedimiento Especial Sancionador.

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