Seleccionar página

Anuncio

Válido pedir voto a personas formadas para trámites bancarios Tribunal Federal

Válido pedir voto a personas formadas para trámites bancarios Tribunal Federal

Gasolinera Libramiento Portuario

Ubicada estratégicamente en el kilómetro 4+300 del Libramiento Portuario en Tuxpan, Veracruz, la Gasolinera Libramiento Portuario es tu destino confiable para obtener combustible y servicios de alta calidad.

Holiday Inn Express

Sumérgete en un ambiente acogedor diseñado para que te sientas como en casa. Ubicado estratégicamente, a solo 10 minutos de la playa y 5 minutos del centro, con fácil acceso a bancos, restaurantes y centros comerciales. Disfruta de nuestras 137 habitaciones con balcón y vista, conexión a internet de alta velocidad, desayuno buffet, alberca, gimnasio, y más. ¡Tu refugio ideal para relajarte o trabajar!

Grúas Tuxpam

Carretera México-Tuxpan KM 346 Santiago de la Peña, Tuxpan, Ver. -834.2090 – 834.0353 y 834.2151

HILDA GAS

¡Si necesitas GAS solamente llama al (783)112.8045 y te damos el servicio!

Royal Garden Hotel

Maples Arce 170 La Calzada, Tuxpan, Veracruz – 66 habitaciones de primera clase, alberca y otros servicios.

Pizzas Mama Mia

Pizzas Mama Mia, El auténtico sabor italiano. Servicio a Domicilio en Poza Rica, Coatzintla y Tuxpan, Veracruz.

Centro Médico Tuxpam

¡Su salud es nuestra prioridad! No dude en contactarnos para programar una consulta o conocer más sobre nuestros servicios.

En este sentido, la Sala Especializada determinó que al tratarse de conductas permitidas, lo procedente es sobreseer (dar por concluido) el Procedimiento Especial Sancionador.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió que es válido solicitar el voto a las personas formadas para hacer un trámite bancario.

Por lo que determinó que los hechos denunciados por el Partido Verde, atribuidos al candidato postulado por la coalición “Por México al frente” a la diputación federal en el distrito electoral 3 en Tuxpan, Veracruz, Arturo Esquitín Ortiz, no constituyen un acto ilícito en materia electoral.

Lo anterior, porque los actos de campaña, entre ellos, solicitar el voto a personas formadas para ingresar a una institución bancaria, están permitidos por la normativa electoral.

Además, la mención de que algunas personas de edad avanzada acudieron a renovar la tarjeta en la que se les deposita el apoyo del “Programa Pensión para Adultos Mayores”, por sí sola, no actualiza la vulneración a las leyes electorales.

En este sentido, la Sala Especializada determinó que al tratarse de conductas permitidas, lo procedente es sobreseer (dar por concluido) el Procedimiento Especial Sancionador.

Facebook Comments Box

Sobre el Autor

Escanea el código