PARA QUE ROBAR, SI PUEDES PEDIR DIEZMO
Ayer a las 10 de la mañana en una rueda de prensa en Av. Cuauhtémoc #23, Primer Piso, colonia Electricistas en Tuxpan, Veracruz, el partido Movimiento Ciudadano presentó como precandidato a José Luis Zenteno.
Pero… ¿Quién es José Luis Zenteno?
Hace apenas 4 días “según él” (no me consta) renunció a ser pastor en su “iglesia” Los hijos del Rey, que se encuentra en la calle 5 de Diciembre, Colonia Burocrática.
No tiene carrera política, sin embargo tiene una carrera teológica. Es pastor.
EL PASTOR… Tiene una estación de radio que se llama VOZ FM 103.3 En la cual transmite la fe -como él la distingue-, y piensa que con eso ya va a ser alcalde.
DÉJEME DECIRLE ALGO PASTOR:
DIOS NO TRANSMITE EN FM. TRANSMITE EN EL GOD FATE DECODER, QUE ESTÁ DISPONIBLE SÓLO EN EL FORMATO DE ULTRA MEGA HIGH DEFINITION Y QUE NO LO PODEMOS COMPRAR AQUÍ PORQUE ES REGIÓN 1… Y SI VIVES EN TUXPAN… ¡TE LA PELAS!
Se le olvida que ya nadie escucha la radio. Bueno, solamente escuchamos a Calixto, y hasta eso, por morbo (a ver que pendejada dice). Que si ya nadie lee ni los comentarios de face, mucho menos los periódicos amarillistas…
¿Y QUÉ DICE EL OPLE? La ley veracruzana…
QUE NO PUEDES SER CANDIDATO PASTOR. Que no debes pertenecer al Estado Eclesiástico, ni ser ministro de algún culto religioso, a menos que se separe de su ministerio, conforme a lo establecido por la Constitución Federal y la Ley de la materia.
¿Y QUÉ DICE LA LEY DE LA MATERIA?
SALINAS DE GORTARI hizo la LEY DE ASOCIACIONES RELIGIOSAS Y CULTO PÚBLICO en la cual está escrito que Los ciudadanos mexicanos que ejerzan el ministerio de cualquier culto, tienen derecho al voto en los términos de la legislación electoral aplicable.
No podrán ser votados para puestos de elección popular, ni podrán desempeñar cargos públicos superiores, a menos que se separen formal, material y definitivamente de su ministerio, cuando menos cinco años en el primero de los casos, y tres en el segundo, antes del día de la elección de que se trate o de la aceptación del cargo respectivo.
Por lo que toca a los demás cargos, bastarán seis meses.
Tampoco podrán los ministros de culto asociarse con fines políticos ni realizar proselitismo a favor o en contra de candidato, partido o asociación política alguna. La separación de los ministros de culto deberá comunicarse por la asociación religiosa o por los ministros separados, a la Secretaría de Gobernación dentro de los treinta días siguientes al de su fecha. En caso de renuncia el ministro podrá acreditarla, demostrando que el documento en que conste fue recibido por un representante legal de la asociación religiosa respectiva.
Como dice nuestro buen amigo Apolinar Dávila en el grupo de elecciones tuxpeñas: “Que decepcionante lo de Movimiento Ciudadano en Tuxpan, exhiben su falta de conocimiento”
Y por supuesto cita la ley constitucional y la de asociaciones eclesiásticas y sectas religiosas, peligrosas, abusivas y manipuladoras.
Si usted quiere darle el diezmo a la “IGLESIA DE LOS HIJOS DEL REY” puede hacerlo bajo su responsabilidad… Esta iglesia o templo, no está registrada en la Secretaría de Gobernación. No está por supuesto José Luis Zenteno registrado como PASTOR o MINISTRO en la misma secretaría, y por supuesto… no está registrado en el SAT. No paga impuestos…
Entonces… ¿Para qué quiere ROBAR? EL NO VA A ROBAR. Con el Diezmo de la alcaldía y la ofrenda (o sea, los regalos) que cada semana le llevan sus fieles, se conformará.