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Nueva LEY DE EXPROPIACIÓN DE MARIDOS

Nueva LEY DE EXPROPIACIÓN DE MARIDOS

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El Gobierno de ANDRÉS MANUEL, fiel a su política de inclusión y en cumplimiento a sus funciones revolucionarias y  para que no lo tachen de yunkista y/o lo relacionen con asociaciones religiosas como la del padre Marcial Maciel y lo acusen de pederasta,  ha decretado la nueva “Ley de expropiación de maridos” que entrará en vigor a partir del año 2020, para distraernos de la entrada en vigor de laS NUEVAS LEYES DE LA CUARTA TRANSFORMACIÓN.

Considerando la escasez de especímenes masculinos con adecuados niveles de testosterona. Considerando la proliferación de: Metrosexuales, peluqueros, decoradores, impotentes, eyaculadores precoces, eunucos mentales y resto de gays que no han salido de closet (¡ojo Licenciado!).

Considerando la gran cantidad de mujeres que están «jugando en la banca«, es decir “pasan feliz año, pero ninguna noche buena”…

Considerando que en este país los hombres son  artículos de primera necesidad, artículos de lujo y según este gobierno «de utilidad pública«.

Considerando que un grupo de mujeres de mentalidad acaparadora por demás, se han dado a la tarea de mantener bajo su dominio y exclusividad a tan apreciado bien para la cama.

El Gobierno, consciente de todos los pesares de su pueblo femenino, ha decidido hacer justicia, sancionar a los culpables y crear nuevas leyes.

Por lo tanto, con aprobación unánime en la Cámara de Diputados y Cámara de Senadores, se acuerda dar curso a la siguiente Ley, que saldrá en circulación en la primera edición de diciembre del diario oficial de la federación, para darle el “ejecútese de inmediato”:

Artículo 1º. Todo marido que sea visto en la calle, después de las 7PM, solo, sin la supervisión de su respectivo crótalo y/o sin su respectivo short y chanclas puestas, SERA “OBJETO DE EXPROPIACIÓN«, por considerarse OCIOSO o BALDÍO.

Artículo 2º. Todo marido SUB-UTILIZADO, es decir que haga el amor tan solo una vez por semana, SERA “OBJETO DE EXPROPIACIÓN”.

Artículo 3º. Todo marido que se encuentre, solo y/o con una bola de amigos en lugares tales como: Cantinas, Discotecas, Vinaterías, Licorerías o en carro en circulación sin destino fijo (es decir dando más vueltas que pollo rostizado) SERA “OBJETO DE EXPROPIACIÓN”.

Artículo 4º. Todo marido, que permanezca casado y/o arrejuntado con un solo crótalo, por un periodo mayor a 5 años, SERA OBJETO DE EXPROPIACIÓN, sin perjuicio de los anteriores.

Artículo 5º. Las nuevas propietarias, podrán devolver, intercambiar o permutar el producto, si este no satisface sus expectativas o necesidades.

¡CÚMPLASE LA LEY!

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