Adultos Mayores no pagarán la inscripción al Testamento
¡YA FALTA POCO PARA QUE SE VAYA CHABELO DE CAEV!
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En el marco del mes del Testamento, el gobernador Cuitláhuac García Jiménez emitió un decreto con fecha 3 de septiembre del año en curso, en el cual se exime del pago de derechos de inscripción de testamento a personas de la tercera edad, personas que padecen alguna discapacidad motora, así como a personas de escasos recursos económicos. Esto tendrá vigencia del 3 al 30 de septiembre del año en curso.
Notaria 10
El decreto manifestado y publicado en la gaceta oficial, órgano del Gobierno del Estado de Veracruz ordena los siguientes puntos:
PRIMERO. Se exime del pago de los derechos por los servicios de Inspección y Archivo General de Notarías que presta la Secretaría de Gobierno del Estado, establecidos en el artículo 13 apartado B fracción II del Código de Derechos para el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, a Página 4 GACETA OFICIAL viernes 3 de septiembre de 2021 las personas de la tercera edad, personas que padecen alguna discapacidad motora, así como a personas de escasos recursos económicos.
SEGUNDO. El bien inmueble a heredar deberá tener como valor una cantidad en moneda nacional hasta un máximo equivalente a 6694.9341 Unidades de Medida y Actualización.
TERCERO. Además, deberá brindarse el apoyo establecido en este Decreto a las personas que sean remitidas por alguna institución de asistencia social, pudiendo ser el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Veracruz (DIF) o de salud, siempre y cuando el bien a heredar tenga como valor el establecido en el artículo anterior.
CUARTO. La Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, deberá realizar el registro del aviso de testamento correspondiente, en términos del artículo 141 de la Ley del Notariado del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. Asimismo, el Fedatario Público deberá de rendir un informe, al término de la vigencia de este Decreto respecto del total de testamentos que se otorgaron ante su fe, derivados del presente Decreto.
QUINTO. La aplicación de la exención señalada en este Decreto no dará lugar a devolución o compensación alguna.
El gobernador Cuitláhuac García Jiménez, instruyó a la Secretaría de Gobierno y a la Secretaría de Finanzas y Planeación, para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, den cumplimiento al presente Decreto en los términos previamente señalados.
Asimismo, se exhortó al Colegio de Notarios del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave a que de manera coordinada dé seguimiento y cumplimiento al presente Decreto.
Descargar GACETA
Descarga la Gaceta Ofivial Núm. Ext. 352, Folio 1113 donde es DECRETO QUE EXIME DEL PAGO DE DERECHOS POR INSCRIPCIÓN DE TESTAMENTO A PERSONAS DE LA TERCERA EDAD, PERSONAS QUE PADECEN ALGUNA DISCAPACIDAD MOTORA, ASÍ COMO A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS ECONÓMICOS.